
Cooperativa Administradora de servicios publicos Versalles Valle
HORARIOS DE ATENCION
Lunes – Viernes: 8 AM – 12 PM 02:00 PM 05:30 PM
Sábado: 8 AM – 12 PM
Domingo : Cerrado
MISIÓN
La Cooperativa Administradora de servicios públicos Camino verde APC cuenta
con un selecto grupo de empleados que ejercen la labor de prestar un adecuado y
excelente servicio de aseo, alcantarillado y acueducto, contribuyendo al
mejoramiento de la calidad de vida de la comunidad y el desarrollo económico de
la región, dentro del marco legal y ambiental.
Diciembre/08- Vr 01
Posicionar la Cooperativa Administradora de servicios públicos Camino Verde
APC como la mejor organización prestadora de servicios de Aseo, Alcantarillado y
Acueducto en el Centro y Norte del Valle del Cauca. Satisfaciendo las
necesidades de nuestros usuarios.
La calidad de nuestros servicios estará respaldada por un talento humano
distinguido por su profesionalismo, integridad, compromiso y constante motivación
personal.
Diciembre/08- Vr 01
VISIÓN
HISTORIA

El municipio de Versalles en diciembre de 1999 creó la Empresa de Servicios Públicos de Versalles ESP, con el fin de atemperarse a lo dispuesto en la Ley 142 de 1994 (Ley de servicios Públicos), que exigía que el municipio entregase los servicios que estuviese prestando en forma directa a una entidad especializada y legalmente constituida. La figura adoptada fue la de Empresa Industrial y Comercial del Estado de carácter municipal y participación 100% del municipio. Sin embargo, en el año 2005 se descubrió que había un vicio en su creación, ya que la ley sólo había permitido la creación de este tipo de empresas hasta enero de 1998, por lo que con asesoría del Ministerio del Medio Ambiente se inició el proceso de transformación en una Administradora Pública Cooperativa. Las Administraciones Públicas Cooperativas (APC), están amparadas en el decreto 1482 de 1989, Por medio del cual se determinan la naturaleza, características, constitución, regímenes internos de responsabilidad y sanciones y se dictan medidas para el fomento de las empresas de servicios en las formas de administraciones públicas cooperativas y determina sus características y funciones. Este proceso conllevó a la creación de la Cooperativa Administradora de Servicios Públicos de Versalles en asamblea de constitución del 2 de mayo de 2007, inscrita ante la Cámara de Comercio de Cartago bajo el número 00003940 y con la cual el municipio firmó el contrato de operación de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo No 001/2007, con fecha de inicio 1 de Julio de 2007. Un año luego de su constitución y puesta en marcha, la Asamblea aprobó la iniciativa de darle un nombre distintivo a la APC y para ello se llevó a cabo un concurso entre sus 16 asociados. Como resultado de este concurso se escogió el nombre Cooperativa Camino Verde APC y el eslogan “somos calidad, vida y buen servicio”. Dicho nombre fue ratificado en asamblea extraordinaria en el año 2008. A lo largo de su historia Camino Verde APC ha contado con 3 gerentes, Fredy Giraldo Reyes (2007-2012) Liliana del Socorro Álvarez Correa, (2012-2017) y Gloria Elena Muñoz Naranjo quien ha ocupado varios cargos, Secretaria general (2007-2017) y como gerente desde el año 2017.

Camino Verde APC cuenta con Estatutos que reglamentan su funcionamiento, en ellos encontramos: ARTÍCULO 21º - ASAMBLEA GENERAL: La Asamblea es el órgano máximo de autoridad y administración, sus decisiones son obligatorias para todos los asociados, siempre que se hayan adoptado de conformidad con las normas legales y estatutarias. La constituye la reunión de los asociados hábiles o de los delegados elegidos por éstos. La conforman los 13 asociados a Camino Verde APC. ARTÍCULO 31º - CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN: El Consejo de Administración es el órgano permanente de dirección y administración de la administradora pública cooperativa, que tiene a su cargo la gestión superior con miras a la realización de su objeto social. Integrado por 7 delegados ARTÍCULO 50º - JUNTA DE VIGILANCIA: La Junta de Vigilancia es el órgano encargado de ejercer permanentemente el control social, con miras al pleno cumplimiento de todas las normas externas e internas que rigen la administración y el funcionamiento de la entidad, velando porque sus actividades no se desvíen del objeto social y de los principioscooperativos. Será responsable ante la Asamblea General por el cumplimiento de sus funciones. Integrada por tres (3) miembros principales e igual número de suplentes. Los entes directivos son nombrados por la Asamblea General para períodos de dos (2) años.